Hace exactamente un año que en este blog denuncié la preocupante proliferación de vehículos de cuatro o más ruedas que circulan alumbrando con un solo faro, porque el otro o bien va totalmente apagado, o bien con un fallo de alimentación eléctrica que lo convierte en inoperante. Tal y como dije entonces, el fenómeno ya lo había apuntado en Abril de 2010 en mi columna de “La Tribuna de Automoción”, pero en vista de que iba a más, repetí la advertencia en este otro medio a mi disposición. Transcurrido un año desde el segundo aviso, y puesto que la situación, lejos de remitir, sigue extendiéndose como la famosa mancha de aceite, vuelvo sobre el tema, aunque sea para incidir sobre una faceta del mismo que en las dos ocasiones anteriores no toqué, pero que es de la máxima importancia.
Ya dije en aquella ocasión que el problema no es tanto de alumbrado, aunque también, como de cumplimiento de una normativa sobre seguridad, y no de una simple cuestión administrativa. Al fin y al cabo, un moderno faro de xenón es posible que ilumine tanto como dos de los primeros con lámpara halógena H-4; y a su vez, éste daba tanta o mejor iluminación que el juego completo de los antiguos con filamento incandescente en una atmósfera más o menos al vacío. Y ahí están las motos, que tienen exactamente los mismos límites de velocidad que los turismos y furgonetas ligeras, y no disponen más que de un único proyector. En distancias muy cortas, es cierto que un solo faro en posición excéntrica deja una zona sin iluminar al lado contrario de donde él está situado, pero en cuanto miramos un poco más lejos, si dicho faro está bien regulado, vemos suficientemente bien.
El mayor problema, y esto también quedó dicho, es la falta, o mejor dicho, el peligroso error de referencia que tal situación produce en otros usuarios de la vía. Pongamos el caso de un peatón que circula correctamente por su izquierda, de cara al tráfico, y que el coche que se le aproxima de frente sólo tiene útil su faro izquierdo: el peatón podría suponer (salvo que la diferencia de sonoridad del escape sea muy evidente) que lo que le viene de cara es una moto que circula no ya centrada, sino incluso muy a la izquierda de su propio carril, y por lo tanto no se siente obligado a echarse a la cuneta o a un arcén poco o nada iluminado; y cuando lo tiene prácticamente encima, la moto se convierte en un coche con metro y medio más de anchura, precisamente en la zona que él consideraba vacía. Y a la inversa, supongamos que el único faro encendido sea el derecho, y en la maniobra de cruzarse con los demás vehículos (sean éstos a su vez coches o motos), los conductores de estos últimos suponen que se cruzan con una moto que va bastante pegada a su derecha. Esto no supone demasiado problema, aunque quizás sí una curva, si la carretera es ancha, tipo Redia; pero en una local o comarcal sin apenas arcén y carriles tirando a estrechos o muy estrechos, el error de cálculo puede ser fatal. Y en este caso, el sonido del vehículo “tuerto” no sirve de referencia, tapado tanto por el del propio vehículo con el que se cruza, como por el hecho de que, salvo en una noche de verano muy calurosa, la habitual es circular, y más de noche, con las ventanillas cerradas.
También reconocí la dificultad para, durante un cierto tiempo, darse cuenta de que te falla un faro; pero esto no debería ir más allá de la primera ocasión de girar teniendo a corta distancia una tapia o pared, y no digamos al entrar o salir por la rampa de un parking subterráneo. Incluso se puede aceptar la excusa de “mañana lo arreglo”; pero por desgracia, un alto porcentaje de estos vehículos son de una edad y están en un grado de conservación que indica muy a las claras que la actual crisis económica tiene mucho que ver con el retraso en la reparación. Será una pena, pero caro o barato, nadie circula con un neumático pinchado, así que…
Un aspecto que resulta particularmente preocupante es que este fenómeno se ha ido extendiendo cada vez más a los vehículos de transporte, muy en particular a los derivados de turismos (que ya no lo son) y a los furgones ligeros para no más de 3.500 kilos en carga. En el caso de los camiones pesados, y no digamos autobuses, apenas si se observa, y no sé si ello se debe a la mayor profesionalidad de quienes los manejan, o que estos vehículos tengan una normativa (que reconozco desconocer por completo) que a ellos sí les obligue a llevar repuesto, por muy de xenón que sean las lámparas. Porque la válvula de escape de lo que está ocurriendo, o al menos una concausa (junto a la crisis) muy digna de tener en cuenta, es que desde hace ya tiempo, exactamente dos años, ya no es obligatorio este requisito.
Cito de nuevo el texto legal que deja la puerta abierta para utilizar la triquiñuela de colocarle al guardia, suponiendo que te pare, la clásica excusa, imposible de rebatir, aunque se sospeche que es falsa: “se me acaba de fundir, pero mañana lo arreglo”. El texto en cuestión es éste: Orden PRE/52/2010, de 21 de enero, por la que se modifican los anexos II, IX, XI, XII y XVIII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre: “Asimismo, se modifica el anexo XII, sobre accesorios, repuestos y herramientas de los vehículos, para suprimir la obligación de llevar un juego de lámparas de las luces del vehículo, pues cada vez más vehículos llevan un dispositivo de alumbrado que sólo se puede manipular en los talleres autorizados, y no por el usuario.” Del texto no se desprende ninguna exención, pero podría ser que los vehículos pesados tengan un apéndice aparte que sí les obligue; o simplemente, como ya he dicho, que la profesionalidad de quienes los maneja supla el hueco legal.
Está bastante claro que este relativamente importante porcentaje de usuarios que circula en estas condiciones lo hacen con un indudable sentido de impunidad, puesto que, a diferencia de casi cualquier otro tipo de avería o infracción administrativa, es perfectamente detectable a simple vista. Uno puede circular con unos neumáticos prácticamente lisos, o incluso sin permiso de conducir o sin seguro, pensando en que, haciéndolo todo correctamente, no hay razón para que te paren. Por ello no me parece mal esa costumbre que últimamente prolifera de que te paren sin motivo alguno, simplemente para pedirte el permiso y los papeles del coche; sin ir más lejos, a mí me han parado, del verano para acá, tres veces en el mismo punto y de noche o amaneciendo, para tal comprobación. Eso sí, durante el trayecto, me he cruzado con cantidad de vehículos “tuertos”, y no me consta, ni me deja de constar, que a ellos les paren. Y total, ¿para qué?; ¿para que les digan lo de “se me acaba de fundir la lámpara”?
Tampoco me consta qué porcentaje de usuarios de entre los que así circulan está al tanto del texto legal antes reproducido; pero deben ser bastantes para seguir haciéndolo con una avería que como acabo de recordar, es detectable a simple vista. De hecho, lo casi normal sería que, cada noche en que saques el coche en esas condiciones, por supuesto que en zona urbana y en carretera que no sea de tercer orden, te parasen y te multasen, si se mantuviese en pie la legislación de hasta hace dos años. Cierto que, como también recordé hace un año, en la crisis de los pasados 90s, se veían muchos coches “tuertos”; pero como entonces era obligatorio llevar repuesto bastaba con cambiar la lámpara, por lo general con la ayuda de un solícito agentes, y asunto concluido. Así que, desde el punto de vista legal, nos encontramos en un callejón sin salida: los agentes de tráfico no paran a los coches porque no sirve para mucho, o si lo hacen es para hacerles notar el fallo; y el que no está dispuesto a rascarse el bolsillo, les escucha como quien oye llover, tras haberles colocado la monserga de “se me acaba de fundir tres curvas más allá”. Salvo que yo sea muy lerdo (que todo sería posible), estamos en una situación en que la legislación deja la puerta abierta a la comisión contumaz y continuada de una infracción.
Pero sí existe una herramienta legal para arreglar todo esto, y que ya se aplica (cuando los cuerpos policiales encargados se preocupan de ello) en un caso similar, que es el de los ciclomotores y motocicletas que emiten un nivel sonoro excesivo y por encima de los márgenes legales autorizados. Los agentes paran uno de estos vehículos que vienen metiendo mucho ruido, toman nota de la documentación y le comunican a su conductor que tiene un plazo de “equis” días para pasar por tal o cual organismo donde le medirán, en las condiciones que dicta el texto legal, que la moto ya está conforme en cuanto a nivel de emisiones acústicas. Claro que esto, en particular en el caso de los ciclomotores, tiene el truco de tener guardado en casa el tubo de escape original, ponerlo exclusivamente para pasar la inspección, y volver a colocar el ”tubarro” a continuación. Aunque esto se podría contrarrestar con que, si en un plazo razonable, se le vuelve a parar por emitir demasiado ruido, entonces se le meta una buena sanción por tramposo. Y en el caso de un ruido realmente ensordecedor, incluso creo que se puede inmovilizar la moto y trasladarla directamente en grúa al organismo de comprobación, para evitar trampas; o también se puede exigir la homologación del tubo de escape especial, como ocurre con las motos “gordas”. En fin, que hay sistemas adecuados, si se quieren emplear.
Pues en el caso de los faros sería lo mismo, pero todavía más fácil; porque en este caso no hacen falta muchas comprobaciones. Pase que, como dice la ley, no sea obligatorio llevar encima el repuesto; pero se hace una notificación para que, en un plazo “equis”, pase por un organismo oficial, que para este caso no precisa de fonómetro ni instrumento alguno, y demuestre que ya lleva dos faros iguales y bien regulados. Podría ser incluso la tenencia de alcaldía o el ayuntamiento, en un pueblo pequeño. Y con el justificante que le den, lo remite a la Jefatura de Tráfico, el proceso sancionador se interrumpe (o más bien ni se inicia), y todos contentos. Todos, o al menos el resto de los usuarios de la carretera, que ya no seguirán confundiendo con una moto a un vehículo de cuatro ruedas.