La entrada en vigor, desde las 06.00 horas del lunes 7 de marzo de 2011, del límite de velocidad de 110 km/h para vías actualmente limitadas a 120 km/h dentro del territorio español, supone ciertas modificaciones en las sanciones por exceder los límites de velocidad máxima.
Nueva tabla de sanciones para vías limitadas a 110 km/h:
-Desde 111 km/h a 140 km/h: 100 Euros y 0 puntos.
-Desde 141 km/h a 150 km/h: 300 Euros y 0 puntos. Antes 100 Euros.
-Desde 151 km/h a 160 km/h: 300 Euros y 2 puntos.
-Desde 161 km/h a 170 km/h: 400 Euros y 2 puntos. Antes 300 Euros y 2 puntos.
-Desde 171 km/h a 180 km/h: 500 Euros y 4 puntos. Antes 400 Euros y 4 puntos.
-Desde 181 km/h: 600 Euros y 6 puntos. Antes 500 Euros y 6 puntos.
Desde el 1 de enero de 2011, los radares fijos y móviles de España (excepto País Vasco y Cataluña) estaban programados para que salten a 135 km/h en vías limitadas a 120 km/h. Contando con el margen de error legal de los radares (entre un 5 y un 7 %, respectivamente), esto supone que podían saltar entre 126 y 141 km/h reales.
En la madrugada del 7 de marzo, la DGT ha confirmado que ha reajustado la velocidad a la que saltan los radares fijos, en vías limitadas a 120 km/h, para que salten a partir de 116 km/h (cifra facilitada por Automovilistas Asociados Europeos, AEA). Teniendo en cuenta el margen de error legal de los radares fijos (un 5%), esto supone que pueden saltar entre 111 y 121 km/h reales.
Los servicios de tráfico de la Generalitat de Cataluña y del País Vasco no han confirmado si han ajustado o ajustarán sus radares fijos y móviles.
Así recaudaba, así, así…
Hola a todos.
Le pese a quien le pese, esta es la verdadera razón para bajar el límite de velocidad: más margen de velocidad para sancionar. Ni ahorro ni aumento de seguridad.
El tiempo pone y quita, lo que ocurre es que la memoria es selectiva.
Saludos desde Zgz.
Sólo un matiz y con retraso; aparentemente, la prohibición de circular a 110 Km/h entraba en vigor a las 06:00 del día de hoy. Ignoro el motivo pero era así 😉
Una duda que me surge: ¿realmente los radares fijos tienen un margen de error real del 5%? Es decir, pueden tenerlo legalmente, pero en la práctica, ¿no es menor esa cifra? Si saltan cuando marcan 116, y realmente son más precisos de lo que pueden ser legalmente, realmente saltarán en un intervalo menor que el que se dice aquí, es decir, se podrá ir algo más rápido de 111 sin que salten.
De todas maneras, mucha diferencia no hay, no.
Gracias.
que put…da… acabo de leer la noticia en otro sitio :S
http://blogs.lainformacion.com/top-motor/2011/03/07/puntilla-radares-120-110-autopista-autovia-gobierno
Ya lo dije antes, Etanol E85 y 3 problemas solucionados de un solo tiro (de leyenda urbana nada, y si no, a informarse)
Salu2!!
El etanol actualmente tiene una tasa de retorno energético próxima a 1 (algunos dicen que incluso menor que 1.
Eso significa que prácticamente se utilizan tanto combustible derivado del petróleo para su cultivo, recolección, etc…. como el combustible obtenido (algunos dicen que se emplea más energía que la que se obtiene).
(Tasa de Retorno Energético = TRE, y si quiere buscar información en inglés, se dice «EROEI»; Energy Rerturned on Energy Invested).
Por otra parte, aunque no fuera así, toda la producción mundial de cereal apenas sería capaz de suministrar un 10% del total del consumo de combustibles para automóvil.
A informarse mejor, davidico.
Segun A3 y otros medios no precisamente filosocialistas, el incremento de las multas podria suponer 20 M€ al año. Según los calculos mas realistas el ahorro de petroleo podría ser entre el 0,6 y el 1% del total del petroleo consumido (no del 3 ni del 11 ni del 15). Si el consumo es de 1,6 M de barriles/dia, tenemos un ahorro tambien anual de 3,5 a 5,8 M de barriles/año.
Los listos, calculen cuanto vale este petroleo y haganse a la idea de que el estado perderá la mitad de esta cantidad por los impuestos especiales que graban los carburantes. Comparenlos con los 20 M€ de antes.
Los tontos, repitan los mantras hasta que se hagan realidad.
No entiendo los márgenes de error bien, se supone que es un +-5% de la velocidad que el radar detecte. Es decir que si salta a 116 sólo demuestra que ibas entre 113 y 119 [y antes, programado a 135, demostraba que ibas entre 131,6 y 138,4]
Entiendo que ahora el radar saltará por encima de 113 de velocidad real, y antes saltaba por encima de 131 de velocidad real (y no 126, como decís aquí).
En el último año circulé muy a menudo por autopista-autovía, siempre con el regulador de velocidad puesto a 128 km/h, y nunca, NUNCA, me saltó un radar en todo el año… aquí decis que «podía saltar» por encima de 126, pero nunca me saltó… ahora había pensado en ir a 118, pero me habeis metido miedo… si están programados para saltar a 116, saltarán a 113…
Periko, ¿como sabe usted que 128 de su marcador son realmente a los que va su coche? Es muy probable que fuera a casi 10 km/h menos. Pruébelo con un GPS y puede que se sorprenda.
Periko, más allá del margen de error, la DGT «decide» poner el listón en un punto u otro. Así, hasta diciembre de 2010, los cinemómetros saltaban a 138Km/h. En tan señaladas fechas, D. Pere Navarro pasó una circular para que pasasen a saltar a 135. El problema es que esas circulares ni son públicas -aunque se filtren más que los besos de Bardem en los Oscar- ni tienen rango legal ninguno por lo que, si un GC decidía, en enero de 2010, multarnos a 126 Km/h, con la ley en la mano podía hacerlo.
Ahora mismo, Radio Macuto afirma que los radares saltarán a 125 Km/h lo que seguramente le dé a ud. margen para circular con su marcador entre 3 y 4 Km/h por encima de esa velocidad sin que le retraten. Sin embargo, si el GC del ejemplo anterior decide multarle a ud a 112 Km/h, puede hacerlo.
Por eso, si yo fuese usted, circularía a la velocidad V que crea adecuada para el estado de la vía y el tráfico pero reduciría -en caso de ser la velocidad V superior a 110 Km/h – a unos prudentes 110 Km/h de marcador antes de pasar un radar, sea éste fijo, móvil o volante que haberlos también haylos.
Saludos
Hola! Ayer día 27 de Junio de 2011 cuando circulaba por la N-540 desde Lugo a Santiago Compostela,me pilló un radar a 111 km hora en una zona limitada a 80 km h. es una carretera nacional y al pararme los de la DGT me sancionaron con 300 eruos y dos putos.¿es ésto correcto o ésta sanción está mal puesta por parte del guardia que me hizo la nota? és correcta la sanción dado que yo circulaba a 111?
Muchas gracias por informarme y saludos desde Lugo.