Me gusta escribir este blog. Sé que ustedes no me creen, ya que si tanto me gusta, el ritmo reciente de entradas (o la carencia del mismo) no parece demostrarlo.
Me gusta porque puedo escribir cuando quiero (en estos momentos cuando puedo, ya que estoy de trabajo hasta arriba casi tanto como el Sr. Moltó), de lo que me da la gana y como me apetezca.
Pero, sobre todo, me gusta escribir porque me gusta leer sus respuestas. Me sigue fascinando la inmediatez, la crudeza, la sinceridad, la inteligencia (y en alguna ocasión la falta de la misma), el nivel de conocimientos, la complementariedad de todos sus comentarios. Nunca me ha pasado, ni siquiera cuando he participado en conferencias o ponencias, el saber con tanta claridad qué opina la gente de mis intervenciones. La cantidad de preguntas y comentarios que recibo en esos foros en los que me puedo ver cara a cara con una audiencia son testimoniales frente a lo que ustedes generan.
Según las estadísticas, llevo 32 posts escritos, y un total de 739 comentarios; que suponen unas 23 intervenciones de media por artículo publicado.
Si sólo hubiese recibido un único comentario, me seguiría pareciendo fascinante que alguien se moleste en leerme y (eso es la leche) responderme.
En todo este tiempo sólo he borrado un único comentario, y lo hice por usar un lenguaje soez y una descalificación hacia mi persona no basada ni en datos ni opiniones fundadas. Era un insulto y ya está. Creo que eso no aportaba nada al post, ni a ustedes ni a mí. Sin embargo todavía, muchos meses después, pienso sobre ello y tengo cierta culpabilidad por haberlo borrado. Internet es un medio con unas reglas muy claras (aunque todavía no estén escritas) en las cuales la libertad de expresión funciona de forma bidireccional, y de la misma forma que uno opina al escribir su blog, debe estar preparado para recibir respuestas.
Toda esta disertación, que nada tiene que ver con los coches, se debe a una reciente resolución del recurso presentado ante la Audiencia Provincial de Madrid contra la sentencia que en primera instancia condenaba por injurias a la SGAE en los comentarios que Julio Alonso Alcaide escribe en merodeando.com
La sentencia no tiene desperdicio, ya que no condena al Sr. Alonso por lo que él escribió en su post, le condena por las injurias que se atribuyen a los comentarios que los lectores dejaron en su post. Consideran que el Sr. Alonso es un “colaborador necesario” y que como tal es culpable, aunque con posterioridad borrara dichas respuestas. Insisto, no hay signos de culpabilidad en el post del Sr. Alonso, lo hay en los comentarios de los lectores, y por eso condenan al Sr. Alonso.
Es decir, es como si ustedes respondiesen en este blog de una forma que alguien pudiera considerar que atenta a su honor, y el que sería considerado como culpable fuese servidor.
Me parece una barbaridad, y por eso traigo el tema a este blog, ya que considero que puede ser un precedente que condicione el modelo de comunicación vigente en internet. En definitiva, es volver a la censura. Peor, es imponer la autocensura.
Me gustaría saber la opinión del Sr. Moltó (además, me consta que conoce al Sr. Alonso) ya que yo escribo en un soporte que él gestiona. ¿Mis comentarios le pueden poner en peligro? La verdad es que también me gustaría saber si los comentarios que ustedes me hacen me ponen a mí en peligro. ¿Me salva el escribir con seudónimo? ¿Me pueden obligar a revelar mi verdadera personalidad si se produce una demanda por un comentario escrito como respuesta a uno de mis posts?
Son preguntas ridículas, pero que tienen sentido bajo el dictamen judicial del que hablamos.
Puede parecer un caso anecdótico, pero no lo es. Cuestiona todas las reglas de libertad de expresión y la base del intercambio de opiniones en internet.
Soy consciente de mi escasez de posts, pero no quiero dejar de hacerlos por no poder publicar sus comentarios sin antes pasar por mi aprobación o por la aprobación de un abogado.
Perdonen la disertación, y les prometo un post en breve referido (se lo aseguro) al automóvil.
Es un placer volver a leerle, no nos haga esperar mucho mas, que la situación del sector merece su visión mas pronto que tarde.
La sentencia es una pura aberración, un ejemplo mas que la justicia va por detrás de la realidad.
Comprendo que no le guste la sentencia, a mí tampoco me agrada.
Pero, pongámonos en otra situación: Supongamos que en un blog se cuelga un post en el que se refieren a este que usted escribe y se le critica. Supongamos que en los comentarios aparece una persona que dice que usted es fulano o mengano, que usted lo que és es un chorizo, un golfo y un….(ponga todo aquello que más pudiera atentar contra su honor).
No solo eso, también en el blog se cuelga un enlace que dice: Mcrae (con su identidad real, por supuesto)= LADRÓN.
La cosa se calienta y los comentarios de ese carácter injurioso se multiplican…..
Usted decide contactar con el autor del blog y le pide que modifique o retire el post, así como el enlace antes referido, y por supuesto los comentarios, que a usted le ofenden en grado importante.
El post se queda, los comentarios tambien.
¿usted que haría?
Para mí lo correcto es pedir al autor del blog las IP´s de los comentaristas, y luego querellarse contra ellos o demandarlos (según escojamos entre injurias o protección del derecho al honor). En el caso de acudir a la vía penal, si que entiendo se produce la figura de cooperador necesario, pero en la vía civil, dado que los comentarios pueden ser supervisados por el autor del blog y es el que decide acerca del contenido de este, nos encontraríamos en una situación análoga a la denominada (si no me falla la memoria) «responsabilidad en cascada». Esta es más que conocida en el ámbito periodístico, en el que el editor tiene claro que es responsable último de lo que publica de sus periodistas.
La sentencia es mejorable, pero no creo que sea tan disparatada, lo que pasa se que le dan la razón a quien no nos gusta nada, de nada. 🙂
Y como si de un dicamen se tratara: Es la opinión de este letrado, que, como siempre, gustoso, somete a las que sean mejor fundadas.
No lo doy más el tostón, jurídicamente hablando.
Pd. Da gusto volver a tenerle por aquí.
No tengo ni idea de temas legales, así que poco le puedo ayudar.
Vaya por delante que no tengo ni idea de leyes. Leí la noticia hace unos días y no me lo podía creer. Me encajaría dentro de la «justicia» cubana o china, pero no aquí (y eso que últimamente las decisiones de los jueces españoles me han provocado alguna que otra sorpresa). Como usted bien dice, lo que pueden lograr sentencias así es la autocensura, y eso en general (y más aún en internet) no es nada bueno.
Si este tipo de sentencias empiezan a proliferar, podríamos llegar a la ridícula situación de que no pudiera uno realizar críticas en internet. Recuerdo que hace unos años me enteré de la existencia de una página donde el desafortunado dueño de un Mini (le había salido rana), despotricaba contra todos los fallos que le habían aparecido al coche y contra el penoso servicio técnico que la casa oficial le había ofrecido. Si la SGAE ha ganado esta sentencia, ¿por qué no iba a ganar BMW-Mini una denuncia contra el creador de esta página? Es lamentable.
Me da la impresión de que a los mismos que roban, mienten y toman el pelo a los ciudadanos, les incomoda sobremanera que exista algo llamado internet donde las libertades son tan grandes que escapa de su control.
Sr. McRae, un placer leerle otra vez.
Sobre el tema que ocupa, le he dado vueltas. No entiendo este tipo de sentencias. Lo intento, pero escapa a mi entendimiento.
Pero, un método utilizado en prensa digital es poner un «disclaimer» que tenga que aceptar el usuario, antes de apretar el botón de «Enviar el Comentario» o en su defecto que ya esté marcado y si se desmarca no deje publicarlo. Ello ahorra la autocensura, responsabilizando a cada uno de sus actos (en este caso, comentarios).
Con ello, no digo que esté de acuerdo con que haya que limitar la libertad de expresión, sea cual sea su origen. Al contrario, la libre expresión es síntoma de permisividad y enriquecimiento. Por eso no entiendo la sentencia.
Y al igual que #Chestor, creo firmemente que sí, lamentablemente existe gente que les incomoda que los demás puedan expresarse.
¿Alguien ha leído la sentencia?
@6
Yo sí, toma:
http://www.merodeando.com/images/2011/05/SENTENCIAAP.PDF
19 páginas de infumable abstrusismo leguleyo.
No hay por dónde cogerla, en ningún sentido.
Saludos. E.
Hola a todos.
Gracias McRae por volver; la frescura no contaminada de su blog (en sintonía como no, de la web KM77) se echaba ya de menos.
Sobre el tema del artículo, yo estoy convencido de dos cosas:
– La primera, que si va al supremo lo tiene ganado.
– La segunda, que la SGAE va buscando una cabeza de turco y a ser posible «sin posibles», valga la repetición. Me pregunto si la SGAE demandaría a El Mundo o el País, o incluso a Forocoches en las mismas circunstancias…
Y una duda que tengo: la frase «esta publicación no se hace responsable de las opiniones vertidas en los comentarios», ¿no exime de nada?
Saludos desde Zgz.
Buff McRae ¿De verdad quiere que opine sobre esto? No tengo opinión fundada, debería leerme la sentencia para opinar con conocimiento…
Yo soy respetuoso con el Estado de Derecho y en caso de disputa quien está en posesión de la verdad, por definición, es el juez. No conocemos, al menos yo no lo conozco, un sistema mejor. En este y en todos los casos. Lo que pas es que diferentes jueces pueden tener diferentes verdades y por eso se puede recurrir.
Dicho esto, estoy totalmente convencido de que se puede opinar sobre las sentencias, pero para hacerlo hay que leerla con detenimiento, conocer los hechos probados, estudiar las leyes en que se basa y luego opinar con criterio.
Yo le puedo decir si una ley me parece bien o mal, pero no tengo capacidad para criticar una sentencia porque no conozco jurisprudencias ni leyes. Julio Alonso es amigo de amigos míos. Cuando nos hemos visto nos hemos entendido bien, le tengo aprecio y espero que no le ocurra nada malo. Pero no me siento capaz de opinar sobre una sentencia. (Otra cosa muy diferente es opinar sobre las leyes) Aun así, leeré la sentencia el próximo miércoles mientras me lleva un avión a Berlín y si creo que puedo decir algo valioso, lo diré. Si no tengo nada que decir, también se lo diré.
Vamos, vamos, D. Javier, con lo que le gusta a usted opinar de lo divino, lo humano y hasta de coches, ver un charco y correr a pisarlo… como que no se me hace muy sincera esa ¿tibieza?, ¿hiperprudencia? Allá usted, probablemente me equivoque.
Si se le ha terminado, le puedo prestar un poco más de papel de fumar. Sin acritud.
Saludos. E.
Quicir, se puede tener una opinión muy bien formada al respecto sin estudiar sentencias, jurisprudencias, sin conocer a los jueces e, incluso, sin haber estudiado derecho. Y por su dedicación y trayectoria, apostaría a que tiene usted una.
Esporádico, ni tibieza ni hiperprudencia. En un Estado de Derecho las sentencias de los jueces son elementos de mucho valor. Las sentencias de los jueces son la única verdad en caso de disputa. Por supuesto que hay que acatarlas. Pero no sólo eso. No nos conviene a nadie desprestigiarlas sin tomarnos muy en serio la crítica. Últimamente el Supremo y el Constitucional han recibido millones de críticas ligeras.
El desprestigio del poder judicial en España es infinito. Una de las primeras prioridades de esta democracia es buscar fórmulas que permitan tener un poder judicial de verdad independiente y no cuestionado constantemente por todos los ciudadanos.
Soy un firme convencido de la necesidad de cambiar el sistema de selección y elección de jueces y magistrados. La responsabilidad de hacerlo, de promover esos cambios, es de todos los ciudadanos. Mientras no cambiemos eso, mientras los ciudadanos no asumamos nuestra responsabilidad, me parece poco constructivo vapulear todas las sentencias sin argumentos jurídicos.
Yo discrepo de que se pueda tener una opinión muy bien formada (sobre una sentencia) sin estudiar sentencias y jurisprudencias. Yo al menos no la tengo. Mañana leeré la sentencia en el avión y cuando me conecte de nuevo le cuento si se me ocurre algo que yo considere relevante.
No es por no mojarme. No tengo ningún problema con eso. Pero me mojo cuando tengo una opinión formada o una duda. Le aseguro que ahora no tengo ninguna opinión ni ninguna duda. Cero. Ni frío ni calor. (Mañana tendré dudas. Seguro)
Esporádico, gracias por el enlace a la sentencia, pero ya la había leído. Mi pregunta estaba dirigida al resto de los que opinan.
Si esa le parece floja no le digo la de Primera Instancia.
http://www.merodeando.com/archivos/Sentencia_SGAE_vs_Merodeando.pdf
En todo caso nos falta, a mi entender, lo fundamental, que es el contenido de los comentarios. La Jueza de Primera Instancia no tenía muchas ganas de trabajar y se ha dedicado a hacer un corta y pega de jurisprudencia, tan es así que no se establecen los hechos probados salvo por una remisión a la demanda de la actora.
Sin conocer los comentarios injuriosos no podemos valorar correctamente esta cuestión, salvo que el debate se centre única y exclusivamente en si cualquier comentario, independientemente de que sea injurioso, calumnioso o delictivo, puede derivar en algún tipo de responsabilidad para quien pudiendo eliminarlo lo mantiene en su blog.
Estimo que el autor de un blog debe controlar aquellos comentarios que estén en alguna de las tres situaciones anteriores, y eso no es censura, eso es evitar el daño a un tercero o evitar que se siga cometiendo un delito.
Ejemplos: un comentario que diga que a los negros hay que matarlos por que son animales, otro que diga que el nazismo es lo mejor que hay y que ensalce la figura de Adolf Hitler, otro que promueva, alabe y enaltezca el terrorismo de ETA, otro que diga que una persona es una asesina, ladrona, violadora, etc…..
Si, me voy al extremo, por que si se trata de determinar si hay que controlar lo que uno permite que se publique en su blog, la regla debe ser general y no dependiendo de si nos gusta o no quien sea objeto de las injurias.
Se me ha olvidado incluir también aquellos comentarios que atenten contra el honor de una persona.
Abogados y procuradores a la prisión de dos en dos. Nos estamos americanizando en el tema de los picapleitos pero sin la seguridad jurídica existente allá. Y esto es muy peligroso. A ver dentro de poco ya podremos denmunciar a Mc Donalds por servirnos un café demasiado caliente.
Sea amable y explíqueme las razones por las que debo ir a prisión.
Por cierto, un articulillo sobre el tema.
http://www.legaltoday.com/opinion/blogs/blog-ecija-2-0/aviso-a-los-bloggers-respondereis-por-los-comentarios-de-terceros